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Alberto González Díaz /// Estudio de Arquitectura e Ingeniería

DESLINDES

Un deslinde es el acto de determinar y distinguir los límites de una propiedad respecto a otras propiedades colindantes. Un acta de deslinde nos muestra los límites exactos de una finca o terreno, y podemos señalarlos gracias a la colocación de mojones o hitos.

El amojonamiento es una operación complementaria al deslinde que consiste en señalar los límites físicos de la finca gracias a elementos constructivos discontinuos llamados hitos o mojones.

¿Cuándo solicitar un deslinde?

Solicitas el deslinde de fincas cuando tienes una disputa sobre los límites entre tu terreno y el de tu vecino colindante. Es un asunto que se resuelve entre propietarios y se origina en diferencias nacidas entre los títulos o las escrituras y la demarcación en el terreno.

Seguramente, tu primera opción para abordar el problema será intentar un deslinde amistoso como acto de jurisdicción voluntaria con tu vecino. Contratará un experto en el tema de linderos; y un topógrafo proveniente de las áreas de Arquitectura o Ingeniería, que estudie las escrituras de las propiedades y los registros catastrales y de la propiedad, así como el terreno, y proponga una solución para la delimitación de las tierras.

Si la gestión es exitosa y los vecinos aceptan la propuesta de solución elaborada por el perito, procederá registrarla como deslinde ante un notario y realizar los cambios pertinentes en cualquier documento de propiedad.

Desacuerdos más profundos requieren un deslinde judicial a través de un enjuiciamiento civil. En este, las partes tratarán de demostrar que llevan razón en la fijación de límites que solicitan.

Y, si tu terreno se confunde con un espacio público, te tocará abordar la vía administrativa asumiendo los costes del proceso. La resolución, en este caso, emana de la propia Administración.

¿Cómo realizar un deslinde?

Es importante estudiar la documentación cartográfica existente como son el Catastro, el SiGPAC (Sistema de Información Geográfica de parcelas agrícolas) o las escrituras de las fincas.

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Normativa y requisitos del proyecto de casa

El deslinde es un derecho ya que según el artículo 384 del Código Civil, cualquier propietario tiene derecho a deslindar su propiedad. Además este derecho también implica a cualquier persona con derechos reales de posesión para uso y disfrute de ese terreno, como un arrendador.

La ley que se aplica depende del tipo de deslinde. Puede ser un deslinde amistoso si los vecinos llegan a un acuerdo previo y se trata de un acto de jurisdicción voluntaria con intervención ante notario. Si no llegan a dicho acuerdo será un deslinde judicial que deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil. En el caso de que una de las partes sea una administración publica se hablará de deslinde administrativo y su procedimiento se realizará según la Ley 33/2003, del 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en el Reglamento de la Ley de Patrimonio del Estado de 1964.

Tiempo de realización

5 - 7 Días hábiles

Precio

Desde 500€ a 2.500€

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